¿Me despidieron ilegalmente? Una lista de verificación para California
En California el empleo es "a voluntad" (at-will), pero la lista de razones ilegales para despedir a alguien es larga. Compare su caso con ella.

La mayoría de los empleos en California son "a voluntad" (at will), así que el empleador no necesita una buena razón para despedirlo. Lo que no puede tener es una razón ilegal. Revise la lista de abajo y anote cualquier cosa que pueda aplicarse a su caso.
Por quién es usted
Para empleadores con cinco o más empleados, la Ley de Empleo y Vivienda Justos (Fair Employment and Housing Act) prohíbe despedir a alguien por motivo de (Código de Gobierno 12940):
- raza (incluidos los rasgos históricamente asociados con la raza, como la textura del cabello y los peinados protectores), color, origen nacional y ascendencia;
- credo religioso;
- sexo, género, identidad de género, expresión de género y orientación sexual;
- embarazo, parto, lactancia y condiciones relacionadas;
- edad, para empleados de 40 años en adelante;
- discapacidad física o mental, condición médica e información genética;
- estado civil, condición militar y de veterano, y decisiones sobre salud reproductiva.
Porque usted tomó o pidió una licencia
- Licencia familiar y médica: los empleadores con cinco o más empleados deben permitir que los empleados que cumplan los requisitos tomen hasta 12 semanas de licencia con protección de empleo bajo la Ley de Derechos Familiares de California (California Family Rights Act) (Código de Gobierno 12945.2).
- Licencia por discapacidad debida al embarazo: hasta cuatro meses por discapacidad causada por el embarazo (Código de Gobierno 12945).
- Adaptaciones por discapacidad: los empleadores deben hacer adaptaciones razonables para una discapacidad conocida y participar de buena fe en un "proceso interactivo".
- Las licencias por enfermedad, por servicio de jurado y para comparecer como testigo también están protegidas (por ejemplo, Código Laboral 230).
Porque usted se quejó
- Quejarse de discriminación o acoso (Código de Gobierno 12940(h)).
- Reportar lo que usted razonablemente cree que es una violación de la ley, ya sea a una agencia del gobierno o a alguien en el trabajo con autoridad para investigar, o negarse a participar en ello (Código Laboral 1102.5).
- Quejarse de salarios no pagados o de otros derechos del Código Laboral (Código Laboral 98.6).
- Presentar un reclamo de compensación al trabajador (Código Laboral 132a).
- Expresar una preocupación de seguridad (Código Laboral 6310).
Hay más detalles en represalias después de una queja.
Protecciones más recientes
- Consumo de cannabis fuera del trabajo: desde el 1 de enero de 2024, la mayoría de los empleadores no pueden discriminar a una persona por consumir cannabis fuera del horario y del lugar de trabajo, ni por pruebas de drogas que solo detectan metabolitos no psicoactivos del cannabis (Código de Gobierno 12954). Hay excepciones, entre ellas algunos oficios de la construcción y empleos regulados a nivel federal.
- Las decisiones sobre salud reproductiva se agregaron como categoría protegida en 2023.
Por una promesa
Si le prometieron, por escrito o mediante políticas y prácticas constantes, que solo lo despedirían por causa justificada, es posible que el empleo a voluntad no aplique. Vea el Código Laboral 2922 y los casos sobre contratos implícitos que lo interpretan.
Si nada de la lista corresponde a su caso
Un despido puede ser injusto sin ser ilegal. Pero aun así le deben pagar su salario final en su último día, incluidas las vacaciones acumuladas, y es posible que califique para beneficios de desempleo aunque lo hayan despedido, a menos que haya sido por mala conducta.